El Tribunal Superior Electoral dispuso levantar la oposición trabada contra el Partido Humanista Dominicano (PHD) y ordenó que Banco BHD, S. A. y Banco de Reservas de la República Dominicana dejen sin efecto, de manera inmediata, la medida instrumentada mediante el acto de alguacil núm. 145/2026, de fecha 22 de mayo del 2026. La decisión quedó consignada en la Ordenanza TSE/0006/2026, expediente TSE-01-0015-2026, luego de que el tribunal concluyera que se trató de una turbación manifiestamente ilícita.
La oposición había sido interpuesta por Eléxido Paula Liranzo, Rafael García Filpo, Cristian Carrasco Ortiz, Mayra Méndez Silverio, Julián Burgos Bonilla y Cristian Alexander Tejada Joaquín. En cuanto a la forma, el TSE admitió la demanda en referimiento presentada por el PHD el 29 de mayo del 2026, al entender que fue incoada conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Asimismo, los jueces rechazaron el medio de inadmisión planteado por la parte demandada sobre la falta de calidad de Ramón Emilio Goris Taveras, al establecer que, al momento del apoderamiento del tribunal, el PHD no había celebrado su convención interna para escoger nuevas autoridades. La resolución vuelve a colocar bajo escrutinio las disputas que escalan hasta comprometer el funcionamiento regular de una organización política y refuerza la necesidad de vigilancia institucional para evitar acciones que luego deban ser corregidas por la justicia electoral.
