La acusación formal contra el fiscal Aurelio Valdez Alcántara ya fue depositada ante la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en un expediente que el Ministerio Público relaciona con la presunta solicitud y recepción de un soborno de US$10,000 mediante una entrega controlada. Ese paso no supone condena ni responsabilidad penal, pero sí abre una fase de control judicial sobre la investigación y sobre la consistencia de las pruebas.
Desde ahora, el tribunal tendrá que valorar el contenido de la acusación, los elementos probatorios aportados por el órgano acusador y los argumentos de la defensa para determinar si el proceso avanza a juicio de fondo. De acuerdo con el Código Procesal Penal previsto en la Ley 97-25, vigente desde diciembre de 2025, la audiencia preliminar opera como un filtro institucional: no da por válida la versión oficial de manera automática, sino que la somete a justificación ante un juez.
En la acusación depositada, a Valdez Alcántara se le imputan violaciones a los artículos 33, 174, 177 y 178 del Código Penal Dominicano, además de disposiciones de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Por eso, el movimiento del Ministerio Público no cierra el expediente; más bien coloca en primer plano la obligación de rendir cuentas sobre cómo se investigó, qué pruebas existen y si la respuesta institucional está a la altura de un hecho que vuelve a impactar la confianza pública.
