El Tribunal Constitucional falló en contra del Ayuntamiento de Moca, en Espaillat, por la detención y retención de un vehículo en el casco urbano y por el cobro de 3,000 pesos para entregarlo a su propietario, en una decisión que somete a escrutinio una práctica aplicada también por distintos cabildos del país.
La alta corte emitió la sentencia TC/0785/26 al acoger el recurso de revisión constitucional presentado por el abogado Shesnel Calcaño, en representación de Juan Carlos Mejía Vásquez, a quien la alcaldía retuvo su vehículo tras alegar que estaba estacionado parcialmente sobre una marca amarilla trazada en el suelo por la dirección municipal. En primera instancia, la Cámara Civil y Comercial había rechazado el caso al considerar que no se probó una vulneración de derechos fundamentales.
El fallo también alcanza la ordenanza 01-2025 del Concejo Municipal de Regidores de Moca, dictada el 1 de abril de 2025 bajo el nombre “Sobre el pago de tasas por costes de servicio de traslado o retención de vehículos o estructuras”. Con esa decisión, el TC fija un precedente frente a ese mecanismo y refuerza la exigencia de control institucional sobre disposiciones municipales que terminan trasladando costos al ciudadano bajo criterios ahora cuestionados por el propio tribunal.
