El Tribunal Constitucional dejó sin efecto una sentencia de la Suprema Corte de Justicia que había favorecido a Edeeste en la demanda presentada por la madre de un niño de seis años que murió electrocutado en la Base Aérea de San Isidro, y ordenó que el caso sea conocido de nuevo. La decisión reabre un litigio atravesado por el impacto humano de una tragedia ocurrida el 23 de febrero de 2018, cuando el menor tocó un cable tensor de un poste del tendido eléctrico ubicado junto a la acera mientras iba con su hermano mayor a comprar una merienda.
De acuerdo con el expediente, ese cable de soporte, que no debía conducir electricidad, estaba energizado y la descarga le provocó la muerte. Aunque la Suprema había acogido el criterio de que Edeeste no era responsable porque las líneas pertenecían a la Fuerza Aérea Dominicana, el TC sostuvo que los jueces también debieron analizar si la distribuidora tenía control del fluido eléctrico que circulaba por esas instalaciones y que desencadenó el hecho.
La decisión se integra a una serie de resoluciones recientes en las que el Tribunal Constitucional ha fortalecido el examen de la responsabilidad de las empresas eléctricas cuando ciudadanos resultan afectados por electrocuciones, incendios y otros daños relacionados con el servicio energético. El expediente vuelve a colocar bajo revisión institucional la respuesta ante fallas con consecuencias fatales y la necesidad de que las responsabilidades por daños a usuarios y familias no queden al margen del escrutinio judicial.
